TASACION Y VALOR DE UN INMUEBLE


Es un principio legal de valoración mediante el cual el valor de un
inmueble susceptible de ser dedicado a diferentes usos será el que resulte de
destinarlo, dentro de las posibilidades legales y físicas, al económicamente
más aconsejable, o si es susceptible de ser construido con distintas
intensidades edificatorias, será el que resulte de construirlo, dentro de las
posibilidades legales y físicas, con la intensidad que permita obtener su mayor
valor.
Como tal principio se recoge en la
Norma ECO 805/2003.
Así pues los tasadores tienen que aplicarlo por ejemplo, en el caso de
valoración de terrenos y solares, estableciendo la promoción inmobiliaria que,
dentro de las posibilidades urbanísticas a que este sometido dicho suelo, sean
las más aconsejables a su leal y saber entender.
En general, una promoción se destinara, a estos efectos valorativos, a
la venta, olvidando otras posibilidades como el arrendamiento que serán, en
principio menos rentables, aunque luego el promotor las destine a dicho uso por
circunstancias de mercado que, en todo caso, serán completamente subjetivas.
Asimismo y dentro de los usos posibles el residencial, en general,
Y siempre que sea legalmente posible, será el más adecuado, aunque
luego las circunstancias de mercado lleven al promotor a la consideración de
otros usos de terciario o de industrial, que, en general, no serán
objetivamente los mas rentables,
Ya sabemos que la rentabilidad no solo se mide por criterio atemporales
sino también es importante a efectos valorativos considerar el mayor o menor
plazo de recuperación de la inversión como criterio de rentabilidad
suplementario.
Otro valor que se
toma en consideración es el de 
Reemplazamiento, que puede ser: bruto o a nuevo y neto o actual.
El valor de reemplazamiento
bruto o a nuevo (VRB)
de un inmueble es la suma de las inversiones que
serían necesarias para construir, en la fecha de la valoración, otro inmueble
de las mismas características (capacidad, uso, calidad, etc.) pero utilizando
tecnología y materiales de construcción actuales.
El valor de reemplazamiento neto
o actual (VRN)
es el resultado de deducir del VRB la depreciación física y
funcional del inmueble en la fecha de la valoración.
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