Gracias al Constitucional se podrá hacer Vivienda Protegida, VPP, para venta

Ahora, gracias al
Constitucional se podrá hacer Vivienda Protegida, VPP, para venta,

cosa
que prohibía el Decreto de alquileres. Y también, Cooperativas de Vivienda Protegida

Porque, el Tribunal
Constitucional
ha declarado
la inconstitucionalidad y nulidad 

(por Sentencia 14/2020, de 28 de enero. Ref.
BOE-A-2020-2941
)   de la  Disposición adicional primera. Medidas para promover la oferta de vivienda
en alquiler del
 Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de
marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler
,
que ha quedado anulada
Esto nos afecta
particularmente en que ahora ya no existe el apartado 1.c de esa adicional
primera,
1. El Ministerio de Fomento pondrá
en marcha las siguientes medidas para dinamizar la oferta de vivienda en
alquiler:
c) Reorientación del Plan Estatal
de Vivienda
, que deberá apoyar exclusivamente el disfrute de
vivienda en régimen de alquiler.

Y recordemos que el 30% de la edificabilidad
del suelo nuevo que se desarrolle tiene que ser de VPP 

 (El % cambia en
algunas CCAA).
Si esa VPP solo podía ser para alquiler,  se imposibilitaba la labor de las
Cooperativas de VPP
. Ahora podrán seguir existiendo
El recurso del PP no incidía especialmente en este
punto, pero el Constitucional nos ha librado de una buena (de momento)

Por otra parte el Sistema de índices de referencia del
precio del alquiler de vivienda, que venía en la Disposición adicional segunda,
si que se mantiene

 
Todos estos temas están desarrollados con más
profundidad en nuestros
Cuadernos del Promotor Inmobiliario (CPI), concretamente en el  CPI 12 “ALQUILER-1: CONCEPTO, TIPOLOGÍAS Y MARCO LEGAL”, y siguientes, al que se
puede acceder desde nuestro BLOG 
Cuadernos
del Promotor y Gestor Inmobiliario

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