El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009 – 2012 (RD 2066/2008), vigente, hace especial hincapie en la Rehabilitación Protegida. Las Áreas de rehabilitación Integral o ARIS, consisten en actuaciones de los siguientes tipos:
a) Mejoras del tejido residencial en el medio urbano o rural
b) Recuperación funcional de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales que precisen la rehabilitación de sus edificios.
c) Eliminación de situaciones de infravivienda
d) Intervenciones para la urbanización o reurbanización de sus espacios públicos
En concreto las actuaciones dentro de un ARIS, que disponen de financiación específica son:
A) Viviendas: las obras de mejora de la habitabilidad, seguridad, accesibilidad, accesibilidad y eficiencia energética
B) Elementos comunes del edificio: las obras de mejora de la seguridad, estanqueidad, accesibilidad, eficiencia energética y utilización de energías renovables.
C) Espacios Públicos: las obras de urbanización, reurbanización y accesibilidad universal y el establecimiento de redes de climatización y agua caliente sanitaria centralizadas alimentadas con energías renovables.
Las ARIS deberán cumplir las siguientes condiciones:
· Declaradas como tales por las CCAA
· El perímetro del ámbito habrá de incluir al menos 200 viviendas.
· Las viviendas y edificios a rehabilitar deberán tener una antigüedad superior a 10 años.
Las viviendas que hayan obtenido ayudas de este programa deberán destinarse a domicilio habitual y permanente de su propietario o arrendatario, al menos durante 5 años tras la finalización de las obras de rehabilitación.
En el programa Gestinmo se establecen las condiciones para determinar si una determinada operación puede recibir el tratamiento de rehabilitación protegida, a efectos fiscales y de financiacion y, en este caso, ¡se calculan y determinan los presupuestos protegibles y financiacion y subvenciones previstas.
