Desde el 25 de mayo de 2010 fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se disponen
medidas extraordinarias para la reducción del déficit publico, conocido como el “decretazo”, que en su disposición adicional 8ª señala de una rebaja del 5% en los aranceles de los Notarios, Registradores de la propiedad y registradores mercantiles.
Esta rebaja se aplicara sobre los importes resultantes de la aplicación a las operaciones con cuantía de los aranceles aprobados por:
a) Artículo 2.1 del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los notarios.
b) Articulo 2.1. del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los registradores de la propiedad.
c) Articulo 5 del Decreto 7571426/1989, de 29 de marzo, por el que se aprueba el arancel de los registradores mercantiles.
Esta rebaja es adicional respecto de la aplicación de los demás descuentos o rebajas previstos en la normativa vigente.
En el proximo envio de Gestinmo, previsto para finales de Julio, ya se incluira esta rebaja legal
