La Vivienda Protegida (VPP o VPO) esta regulada por el Plan
Estatal Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 RD 2066/2008 (modificado por Real
Decreto 1713/2010 de 17 de diciembre). En su art. 37 se trata el Programa de Alojamientos Protegidos
para Colectivos Específicos, los
promotores de alojamientos protegidos tendrá derecho a recibir una subvención de las siguientes cuantías, que modifican
las especificadas en del artículo 37.1 del anterior RD 2066/2008
Estatal Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 RD 2066/2008 (modificado por Real
Decreto 1713/2010 de 17 de diciembre). En su art. 37 se trata el Programa de Alojamientos Protegidos
para Colectivos Específicos, los
promotores de alojamientos protegidos tendrá derecho a recibir una subvención de las siguientes cuantías, que modifican
las especificadas en del artículo 37.1 del anterior RD 2066/2008
SUBVENCIONES A LOS PROMOTORES DE ALOJAMIENTOS
PROTEGIDOS (articulo 37.1)
PROTEGIDOS (articulo 37.1)
|
CUANTIA
(€/m2 útil)
|
colectivos
vulnerables |
colectivos
específicos |
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300 (antes 500)
|
190 (Antes320)
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Las subvenciones se aplicaran exclusivamente a los m2 útiles computables de los alojamientos, así como a la superficie útil computable a efectos de financiación
destinada a servicios comunes o
asistenciales de las personas alojadas a los que se refiere el articulo
35.3 d). No se incluirán superficies útiles de ningún tipo de anejo.
destinada a servicios comunes o
asistenciales de las personas alojadas a los que se refiere el articulo
35.3 d). No se incluirán superficies útiles de ningún tipo de anejo.
