VARIABILIDAD de los ESTANDARES URBANISTICOS en las CCAA


En la legislación autonómica
sobre urbanismo se definen el estándar
urbanístico
como la cantidad de m2
de suelo, convenientemente urbanizado, que los propietarios de suelo de una
determinada actuación urbanística deben ceder de forma gratuita
al
Ayuntamiento, para servir de soporte a espacios
públicos
(parques y jardines) y equipamientos públicos (centros
asistenciales, educativos, deportivos, etc., todo ello sin contar la superficie
necesaria para viales públicos que también es de cesión pero computándose de
forma independiente.
La exigencia de los estándares urbanísticos,
no solo se centra, en general, en superficie, sino también en aspectos geométricos
de dichas superficies de cesión, para evitar figuras geométricas de difícil o
inadecuado uso.
En general, estas cesiones se
detallan como X m2 de suelo por cada 100
m2 edificables, con un mínimo de un % de la superficie total del sector
o ámbito
de actuación urbanística.
En el siguiente cuadro resumimos
los baremos utilizados en las vigentes Leyes del Suelo de cada Comunidad
Autónoma
La Rioja, Castilla Leon, Murcia y Asturias   <= 30 m2s/100m2c
Aragon, Castilla-La Mancha, 
Extremadura y Cataluña                                 entre 30 y 40 m2s/100m2c
Valencia, Cantabria, Galicia, Madrid,
Andalucia, Canarias,                                       entre 40 y 50 m2s/100m2c
Pais Vasco, Navarra                                         >50 m2s/100m2c
Como podemos observar del análisis
del cuadro anterior nos sorprenden dos cuestiones:
a)     
Su amplio grado de variabilidad
b)     
Su poco acomodo al territorio
.
Marcar como favorito enlace permanente.

Comentarios cerrados.