Rehabilitacion. Actuaciones ARIS. Ayudas Financieras

En el caso de Rehabilitacion Protegida de viviendas, acogida a las actuaciones de tipo ARIS, en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009 – 2012 (RD 2066/2008), vigente, se establecen ciertos tipos de ayuda Los promotores de este tipo de actuaciones podrán obtener un préstamo convenido, sin subsidiacion, cuya cuantía podrá alcanzar la totalidad del presupuesto de aquella, con un periodo máximo de amortización de 15 años, precedido por un periodo de carencia de 3 años. En este préstamo se podrán subrogar los propietarios y ocupantes afectados por el ARI.

El Ministerio de Fomento podrá conceder las siguientes subvenciones:

TABLA Nº 1.- SUBVENCIONES A ARIS (art. 48.5 RD 2066/2008)

Rehabilitación de viviendas y edificios, y superación de actuaciones de infravivienda.

40% del presupuesto protegido, con una cuantía media máxima por vivienda de 5.000 euros

20% del presupuesto de las obras de urbanización, con un límite del 20% de la subvención establecida para las viviendas y edificios.

50% del coste de los equipos de gestión del ARI, que no podrá exceder el 5% del presupuesto protegido del ARI.

ARIS de centros históricos y municipios rurales

50% del presupuesto protegido, con una cuantía media máxima por vivienda de 6.600 euros

30% del presupuesto de las obras de urbanización, con un límite del 30% de la subvención establecida para las viviendas y edificios.

50% del coste de los equipos de gestión del ARI, que no podrá exceder el 5% del presupuesto protegido del ARI.

El programa de Análisis de Viabilidad, GESTINMO, ya incorpora estos cambios en su ultima versión

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