Cuando empecé el artículo (ayer) tenía 3 dudas, pero, al avanzar, he llegado a 11 (varios de ellos, presuntos delitos). Y aun se
puede profundizar más
puede profundizar más
- La ley dice que, para poder acceder
a una vivienda de protección pública, los ingresos anuales tienen deben situarse
en un rango en entre 2,5 y 5,5 (ó 7,5) veces el
IPREM, siendo el mínimo para poder asegurarse de tendrá ingresos para
pagar la hipoteca (D. Ramon se dio cuenta tarde). Si no cumples esas premisas
no se te puede vender un piso de VPP. D. Ramón, senador, dice que no tenía ingresos cuando le “toco” el piso. ¿Tendrá algo que ver
con que D. Ramón es el hijo de un gran amigo y camarada de la UGT
del que era entonces alcalde de Alcobendas?
- La Vivienda de Protección Publica solo
puede dedicarse a Vivienda habitual y no se puede especular con ella. ¿Dónde vivía D. Ramón cuando pidió la vivienda? ¿Y dónde vivía cuando la
vendió?
- También es
costumbre que los adjudicatarios de una vivienda protegida, sobre todo en un
ayuntamiento tan orgulloso de su socialismo cómo era Alcobendas en aquellos tiempos, estuvieran
inscritos previamente en un registro municipal de solicitantes. ¿Estaba Don Ramón? ¿Podemos ver el
impreso de su solicitud?
- Confiesa don Ramón que su familia le dio un crédito de 60.000
€ para
poder pagar porque no tenía ingresos. ¿Dónde está el documento de ese préstamo? ¿A cuánto plazo? ¿A qué tipo de interés? Ya en
aquellos años,
las leyes contra el blanqueo de capitales exigían que, ante cualquier pago a una promotora se
hiciera constar no solo la factura sino el cheque o el origen del dinero. ¿Dónde están los cheques y
cuándo y cómo se devolvió ese préstamo?
- Los números (los
malditos números)
no cuadran. Para VPP te daban un 80% del precio de venta. Para el restante 20%
bastaba con 30.000. ¿Para qué un crédito del doble, de 60.000? ¿No seria que
era para 2 viviendas? Miremos a ver cuántas viviendas de esa promoción le “tocaron” a la “famiglia di
Don Ramone”
- Las viviendas calificadas como de protección pública mantienen su protección al menos
durante 10 años desde su adjudicación final. Don
Ramón la
vendió
antes. ¿Cómo la vendió con un
sobreprecio de 20.000 € si en
aquella época
las viviendas protegidas tenían prácticamente congelado su precio máximo de venta?
¿Quién le permitió descalificarla? ¿Podemos ver el expediente? ¿O la vendió como libre,
infringiendo la ley?
- Como el padre de don Ramón está siendo
juzgado por el uso de tarjetas black, ¿podemos suponer el préstamo pudo
provenir de esas tarjetas? ¿No tendría entonces que estar don Ramón en el
banquillo como responsable civil a título lucrativo, como si fuera una Infanta de España?
- ¿Qué precio figura en la escritura de compra de la
vivienda por parte de Don Ramón y qué precio figura en la escritura de venta de esa misma
vivienda de don Ramón? ¿Podemos ver las Escrituras? Porque la diferencia
entre venta y compra tributa en el
Impuesto de la Renta. Los beneficios de esa
venta, ¿los
declaro don Ramón en la declaración de la renta del año correspondiente? ¿Podemos ver en su declaración del IRPF de
ese año si pagó los impuestos correspondientes?
- ¿Qué opina el comprador de la vivienda de don Ramón, que podría haberla
conseguido por 20.000 € menos en el caso de haber podido acceder a una
vivienda de protección pública?. Que
es, como todo el mundo, sabe un régimen pensado para personas que tienen escasos
recursos económicos
(antes se decía “pobres”) y que todos los españoles ayudamos
a financiar a través de nuestros impuestos
- Los hijos de papá, cuando papá tiene una
tarjeta black, ¿forman parte de la “gente” o forman parte de la “casta”?, sobre todo cuando les adjudican a dedo
viviendas de protección pública y se
ganan 20.000 € “por la patilla”
- Un ministro de Industria y Energía,
recientemente, dimitió porque no
pudo demostrar que hace 25 años no tenía unas cuentas corrientes en Panamá. Pero, claro,
él era de la “casta”. Los senadores de la “gente”, ¿veremos cómo dimiten
cuando especulan con el ladrillo, cuando reciben trato de favor sólo por ser
hijos de su papá, cuando no pueden demostrar el origen del dinero,
cuando no pueden mostrar los impuestos que han pagado por los beneficios
obtenidos? No. No lo veremos
¿Qué tendremos que hacer con los nuevos sinvergüenzas?
