CERTIFICACION ENERGETICA. COMPETENCIA DE LOS INGENIEROS DE CAMINOS


Quisiéramos transcribir una
comunicación del Colegio de Caminos en las redes sociales al respecto, con al
que estamos de acuerdo
Los Ingenieros de Caminos son
competentes para la certificación energética de edificios
cualquiera que sea su
uso
Una competencia que deriva de los
conocimientos científicos y técnicos (consecuencia de los estudios de la
titulación de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos) tanto para la
realización de proyectos de edificaciones y de instalaciones térmicas como para
la propia certificación energética.


El vigente Real Decreto 235/2013,
de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la
certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE 13/4/2013)
define técnico competente, en esta materia, como el técnico que esté en
posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales
habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de
ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus
instalaciones térmicas
, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de
noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados
de eficiencia energética, o haya acreditado la cualificación profesional
necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según lo que se
establezca mediante la orden prevista en la disposición adicional cuarta
La norma distingue, así, cuatro
habilitaciones competenciales:
1ª) Que se esté en posesión de
cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la
redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras
de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de
Ordenación de la Edificación.
Se trata de una redacción confusa
que puede dar lugar a diferentes interpretaciones.
Puede sostenerse que los
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos son competentes en tanto en cuanto que
la norma habla de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales
habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de
ejecución de obras de edificación, y la titulación de Ingeniero de Caminos es
una de esas titulaciones.
Respecto de lo que no cabe duda
es que, por esta vía, los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos serían
competentes para la certificación energética de aquellas edificaciones cuyos
usos no están reservados en exclusiva a otras profesiones.
2ª) Que se esté en posesión de
cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la
redacción de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en
la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y 
3ª)
Titulaciones académicas y profesionales habilitantes para suscribir
certificados de eficiencia energética.
En este caso respecto a las
instalaciones térmicas, hay que tener en cuenta, además, que las instalaciones
térmicas en edificios se rigen por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
(RITE). El RITE establece que cuando se precise proyecto de acuerdo con el
propio Reglamento, éste debe ser redactado y firmado por técnico titulado
competente. En el apéndice I del RITE se define técnico titulado competente de
la siguiente manera: persona que está en posesión de una titulación técnica,
universitaria, que lo habilita para el ejercicio de la actividad regulada en este
RITE, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias y
determinada por las disposiciones legales vigentes. Al referirse a
competencias, hay que estar a los planes de estudios de la titulación, de
acuerdo con el principio de libertad de ejercicio profesional con idoneidad.
En todos los cursos de la
titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, de acuerdo con el Real
Decreto 1425/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título
universitario oficial de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y las
directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la
obtención de aquél, existen asignaturas que se ocupan de temas relacionados con
la energía. Esas asignaturas de los planes de Ingeniería de Caminos vendrían a
otorgar la capacidad técnica suficiente a los Ingenieros de Caminos, en
especial las asignaturas de Electricidad, Electrotecnia, Termodinámica,
Sistemas Energéticos, Centrales.
4) Acreditar la cualificación
profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética
según lo que se establezca mediante la orden prevista en la disposición
adicional cuarta
El Colegio el pasado 3 de abril
de 2013 suscribió un Convenio
http://www.ciccp.es/ImgWeb/Sede%20Nacional/convenios/idae.pdf,
con el Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético, ,  que reconoce la competencia de los Ingenieros
de Caminos en esta materia
y tiene por objeto el desarrollo de actividades
comunes en el ámbito del ahorro, la eficiencia energética y la utilización de
las energías.
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